El cálculo utilizado por la DGII para la liquidación del Impuesto sobre la Renta a los contribuyentes acogidos al PST basado en Ingresos, se realiza aplicando la tasa vigente para Personas Físicas (15%, 20%, 25% según el monto de ingresos) a la Renta Neta Imponible, que resulte de reducir los ingresos gravados en un cuarenta por ciento (40%), menos la exención contributiva anual para fines de la aplicación de la tasa del impuesto.
Para realizar este cálculo, no se incluyen las rentas provenientes de salarios sujetos a retención, es decir, que para el caso que nos plantea, únicamente tributará en base a los honorarios recibidos.
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