Santo Domingo.- Los agentes de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) no pondrán multas a los conductores cuyos vehículos tengan los cristales tintados, debido a que la nueva ley de transporte 63-17, en su artículo 193, no contempla sanciones al respecto.
Así lo informa en un comunicado a los agentes el comandante de Seguridad Vial de la AMET, David de Jesús Molina Feliz.
“Queda terminantemente prohibido permitir que el personal bajo su mando fiscalice conductores por el tintado de los cristales, ya que la misma no está estipulada en la nueva Ley 63-17, sobre Movilidad y Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana”, dice el memorándum a los supervisores y encargados de áreas de las diferentes autopistas y carretera.
Las multas por el tintado del cristal frontal está establecida en la resolución 1123-2014 de la Dirección General de Tránsito del 11 de octubre del 2014, la que, no obstante, autoriza a los conductores a oscurecer los cristales laterales y de la parte trasera.

Diario Libre
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