El proyecto de ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, aprobado ayer en segunda lectura en la Cámara de Diputados, prohíbe montar niños en motocicletas y establece sanciones a quienes lo hagan.
También establece que solo dos personas podrán transportarse en motos, con sus cascos protectores, y cuando se trata del servicio de “motoconcho”, con chalecos reflectores que les identifiquen, si transitan en la noche.
El proyecto, de la autoría del diputado Tobías Crespo, que fue aprobado con 139 votos favorables y uno en contra, también faculta a los ayuntamientos a establecer la locación de paradas para motoconchistas.
Los cabildos llevarán un registro de los motores que “concharán”, independiente al que hace la Dirección General de Impuestos Internos. Los ayuntamientos limitarán su cantidad y asignarán las rutas, de acuerdo con la necesidad de cada comunidad.
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